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Seguro Cuota Segura  Extendida Hites (cesantía)

Cubre 6 cuotas de $30.000 (a partir de la 6ª a la 11ª cuota inclusive) en caso de cesantía o incapacidad temporal.

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RESUMEN DEL PRODUCTO

Cobertura Indemnización
* Desempleo involuntario del asegurado (POL 120170244 alternativa A) *Pago de hasta 6 cuotas mensuales, de hasta $30,000.- por evento (a partir de la 6ª a la 11ª cuota inclusive)
* Incapacidad Temporal a consecuencia de enfermedad y/o accidente (POL 120170244 alternativa B) *Pago de hasta 6 cuotas mensuales, de hasta $30,000.- por evento (a partir de la 6ª a la 11ª cuota inclusive)

Seguro voluntario
PRIMA MENSUAL 0.1143 UF

 

Requisitos de Asegurabilidad

  • Asegurados titulares de tarjeta de crédito Hites habilitada para hacer compras.

  • Edad mínima de ingreso: 18 años.

  • Edad máxima de ingreso: 69 años y 364 días.

  • Edad máxima de permanencia: 70 años y 364 días.
     

 

DENUNCIA DE SINIESTRO

COBERTURA POR DESEMPLEO INVOLUNTARIO:

 

  • Primera cuota Indemnizable (sexto mes de cesantía)

  • Formulario de denuncia de siniestro firmado por el asegurado.

  • Copia legalizada del finiquito del contrato de trabajo o copia legalizada del decreto o resolución del organismo en el que se pone término a la relación laboral.

  • Certificado de las últimas 12 cotizaciones de AFP.

  • Fotocopia por ambos lados de la cedula de identidad del asegurado.

  • Tabla de desarrollo de deuda.

  • Siguientes Cuotas

  • Certificado de las últimas 12 cotizaciones de AFP con fecha posterior a la fecha de vencimiento de la cuota reclamada.

 

COBERTURA POR INCAPACIDAD TEMPORAL:

  • Primera cuota indemnizable (sexto mes de incapacidad)

  • Formulario de denuncia de siniestro firmado por el asegurado.

  • Original o fotocopia notarial de la atención de urgencia o de los certificados que acrediten la incapacidad del asegurado, por 30 días o más.

  • En el caso de independientes: 6 últimas boletas de honorarios o comprobante de última declaración de impuestos a la renta y declaración jurada de no tener contrato de trabajo vigente.

  • En el caso de dueñas de casa: declaración jurada simple donde indique tal calidad.

  • En el caso de jubilados: certificado de jubilación y copia del comprobante de pago de la última pensión.

  • En el caso de Estudiantes: Certificado de alumno regular o comprobante de pago de mensualidad y una declaración jurada de no mantener contrato de trabajo vigente.

  • Fotocopia por ambos lados de la cedula de identidad del asegurado.

  • Tabla de desarrollo de deuda.

  • Siguientes cuotas

  • Certificado de exámenes médicos que acrediten la permanencia de la incapacidad del asegurado, por los mismos motivos y por el plazo requerido para el pago.

 

CONDICIONES

- Desempleo involuntario

  • Carencia: No tiene

  • Fecha de presentación de documentos: existirá un plazo de 180 días desde la fecha de ocurrencia del siniestro para la primera cuota y otros 60 días por cuota para acreditar la continuidad del desempleo.


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    ​​​​​​- ​​​​Incapacidad temporal para independientes:

  • Carencia: No tiene

  • Fecha de presentación de documentos: existirá un plazo de 180 días desde la fecha de ocurrencia del siniestro para la primera cuota y otros 60 días por cuota para acreditar la continuidad del desempleo.

 

PRINCIPALES EXCLUSIONES

  • Desempleo involuntario

  • Se excluyen expresamente las causales del articulo Nº 159, números 2, 3, 4,5 y del Art. 160 del Código del trabajo.

  • Incapacidad temporal


No se efectuará el pago de las cantidades establecida en la póliza cuando la situación de incapacidad que aqueje al asegurado sea producto de alguna de las siguientes caudales y que su origen sea dentro del período de vigencia de la póliza.

  • Reposo o licencia a causa de embarazo o cualquier enfermedad producida con motivo de embarazo ocurrido dentro de la vigencia de la póliza.

  • Las incapacidades de origen nervioso o psíquicos (incluyendo depresión) y  enfermedades a la espalda que ocurran dentro de la vigencia de la póliza.

  • Participación del asegurado en actos temerarios o deportes notoriamente peligrosos o  riesgosos, entendiendo por tales aquellas en las cuales se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas, tales como alguna de las siguientes actividades: Paracaidismo, alas delta, parapente, bunjee, jumping, alpinismo, escalada, motociclismo, artes marciales, boxeo, lucha, rodeo, rugby, equitación, polo.

  • Participación del asegurado en actos calificados como delito cometidos, en calidad de autor o cómplice, asi como también la participación activa del asegurado en actos de rebelión, revolución, sublevación, motín, conmoción civil, subversión y  terrorismo.


Esta póliza no indemnizará en ningún caso eventos provenientes de acciones provocadas voluntariamente por parte del asegurado.

La contratación de estos seguros es de carácter voluntario. Usted puede retractarse si la contratación la efectuó por un medio a distancia. Además, usted puede terminar los seguros voluntarios anticipadamente en cualquier momento, independiente del medio utilizado para su contratación.

Inversiones y Tarjetas S.A. se encuentra adherida voluntariamente al Grupo Retail Seguros
www.retailseguros.org y sujeta a su Acuerdo de Autorregulación.

Este seguro es intermediado por agencias briner corredores de seguros spa, quien solo asumirá las obligaciones y responsabilidades propias de los contratos que intermedien.
  
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