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Seguro Renta Full Plus 2

RESUMEN DEL PRODUCTO

Cobertura Asegurado titular Renta Full Plus
Alternativa A: Muerte Accidental (POL 3 20130946) 24 Rentas mensuales de UF 10 cada una
Prima Mensual UF 0,0915

Plan disponible exclusivamente para tarjeta habientes Hites y no cuenta con carencias ni deducible.
Seguro Voluntario

 

Requisitos de Asegurabilidad

Asegurados titulares de tarjeta de crédito Hites habilitada para hacer compras.

  • Edad mínima de ingreso: 18 años.

  • Edad máxima de ingreso: 64 años y 364 días.

  • Edad máxima de permanencia: 69 años y 364 días

 

RESÚMEN DE ASISTENCIAS


Todos los asegurados contarán con los siguientes beneficios, a cargo de GEA CHILE S.A.
Para acceder a estos servicios, el asegurado debe comunicarse a la Central de Operaciones de GEA CHILE S.A., al teléfono (2)28203036, la cual atenderá sus requerimientos.

Orientación médica telefónica: durante las 24 horas del día, con las siguientes asistencias telefónicas:

  • Orientación telefónica respecto de dolencias, malestares, seguimiento de enfermedades crónicas, ingesta de medicamentos y consejos sobre el autocuidado, de manera tal que el asegurado pueda tomar las medidas necesarias para solucionar su problema, si debe o no visitar un médico y grado de urgencia con el que debe hacerlo.

  • Dirección, horarios de atención y telefónicos de información y de emergencia de los principales hospitales, clínicas, centros médicos, Postas y servicios de rescate médico públicos y privados.

  • Guía médica (directorio de médicos por especialidades).

  • Información general de redes de farmacias y farmacias de turno.

  • Información farmacológica (composición, uso y contraindicaciones).

  • Información con respecto a empresas que se dediquen a la comercialización de soporte técnico para enfermos (artículos ortopédicos, servicios de enfermería).

  • Servicio ilimitado.


Segunda opinión médica (Solo orientación e información):

  • Servicio que proporciona al asegurado el contacto con un especialista de reconocido prestigio para confirmar el diagnóstico y/o las posibilidades terapéuticas, médicamente y de manera muy resumida entendemos como enfermedades graves, patologías agudas o crónicas que requieran de un tratamiento prolongado, exámenes especializados para su diagnóstico y que en el transcurso de su evolución pueda desencadenar en un corto período fallecimiento. Y que en algún momento ha requerido hospitalización para compensación o estudio y además invalidante para ejercer sus labores habituales.

  • Servicio ilimitado.


Servicios funerarios:
Consiste en: Ataúd, vehículo, trámite de sepelio, publicación en prensa y servicio religioso, GEA coordinará y financiará los servicios funerarios.

  • Ataúd

  • Vehículo de traslado de restos

  • Trámite de sepelio

  • Publicación en la prensa

  • Servicio religioso

  • Tope de UF 25.


Gastos de incineración.
Considera ánfora estándar), GEA coordinará y financiará, a solicitud de los beneficiarios legales del asegurado, la incineración de los restos del asegurado titular.

  • Tope UF 15.


Asistencia legal para posesión efectiva.
El asegurado y/o sus familiares podrán utilizar el servicio de Orientación Jurídica que GEA pone a su disposición, para cualquier consulta telefónica relativa a sus derechos en la herencia o a las gestiones necesarias para tramitar la posesión efectiva, en caso de fallecimiento de cualquiera de ellos.

  • Servicio ilimitado.

Traslado del asegurado fallecido desde el lugar de fallecimiento a lugar de inhumación.
GEA coordinará y financiará el traslado desde cualquier lugar en que el Asegurado haya fallecido, aun cuando esto ocurra en el extranjero, siempre en este último caso, que la muerte haya acontecido durante el viaje temporal y siempre que la permanencia del asegurado fuera de su residencia habitual con motivo de tal viaje no sea superior a 60 días. La restitución relativa al plazo no tendrá aplicación cuando el viaje o permanencia del asegurado en el extranjero haya tenido su origen en una destinación hecha por su empleado o en otras razones vinculadas con su trabajo o profesión.

  • Servicio ilimitado.

 

EXCLUSIONES

  • Los provocados intencionalmente por el asegurado.

  • Los que tuvieran origen o fueran por consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín, huelga, desorden popular u otros hechos que alteren la seguridad interior del estado o el orden público.

  • Los que tuvieren su origen o fueran consecuencia de terremoto o temblor de tierra, erupción volcánica, inundación u otros fenómenos similares de la naturaleza.

  • Los servicios que el cliente haya concertado por su cuenta, sin previo consentimiento de Gea Chile S.A., salvo que la comunicación haya sido imposible por razón de fuerza mayor.

  • Los gastos de asistencia médica, hospitalaria o sanitaria en que se haya incurrido dentro del Territorio de Chile.

  • La muerte producida por suicidio y las lesiones y secuelas que se ocasionen en su tentativa.

  • La muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por acciones criminales dolosas del cliente.

  • Las asistencias derivadas de prácticas deportivas en competición.

 

OBSERVACIONES

  • Podrán tener acceso a los servicios de asistencia, todos los asegurados, informados por la Compañía y su grupo familiar. Se entiende como Grupo Familiar al Cónyuge e hijos menores de 24 años que vivan a expensas del asegurado.

  • Ámbito Territorial: Todo el Territorio nacional de Chile continental más Isla de Chiloé. Excluye otros territorios insulares.

  • Edad Máxima para recibir la asistencia al deceso: 69 años y 364 días.

 

DENUNCIA DE SINIESTRO


El plazo para la presentación del siniestro es de un máximo de 90 días
 

COBERTURA POR MUERTE ACCIDENTAL

  • Fotocopia C.I.

  • Certificado de defunción original del asegurado, con causal de fallecimiento.

  • Informe Médico

  • Parte policial y alcoholemia (si corresponde)

  • Otros antecedentes tales como: ficha clínica, informes, declaraciones, certificados u otros documentos, en especial los relativos al fallecimiento del asegurado.

PRINCIPALES EXCLUSIONES

  • Participación del asegurado en actos delictivos

  • Guerra, invasión, motín o hechos que la ley califique como delitos

  • Peleas o riñas

  • Lesiones auto-inferidas

  • Prestación del asegurado en las fuerzas armadas

  • Tratamiento por adición a las drogas / alcoholismo

  • Participación del asegurado en carreras , apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados

  • Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones civiles o comerciales.


La contratación de estos seguros es de carácter voluntario. Usted puede retractarse si la contratación la efectuó por un medio a distancia. Además, usted puede terminar los seguros voluntarios anticipadamente en cualquier momento, independiente del medio utilizado para su contratación.

Inversiones y Tarjetas S.A. se encuentra adherida voluntariamente al Grupo Retail Seguros
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